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Ing. Agr. Fernando García Préchac Ing. Agr., Agrícola-Ganadera, FA-UDELAR, 1974 |
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Según el Art.42 de nuestra ley orgánica (ATRIBUCIONES DE LOS DECANOS) Compete a los Decanos en la administración de sus respectivas Facultades: a) presidir el Consejo, dirigir las sesiones, cumplir y hacer cumplir sus reglamentos y resoluciones así como las ordenanzas y resoluciones de los órganos centrales; b) representar al Consejo cuando corresponda; c) autorizar los gastos que correspondan, dentro de los límites que fijen las ordenanzas; d) sancionar al personal de la Facultad, de conformidad con las ordenanzas respectivas; e) adoptar todas las resoluciones de carácter urgente que sean necesarias; f) dictar todas las resoluciones que correspondan de conformidad con las ordenanzas que dicte el Consejo Directivo Central y los reglamentos del Consejo; g) expedir, con la firma del Rector, los títulos y certifica- dos correspondientes a los estudios que se cursan en la respectiva Facultad. En los casos de los incisos c), d) y e), el Decano dará cuenta al Consejo, estándose a lo que este resuelva.
| Tel: 359 54 78 Fax: 354 20 52 |
| Dra. Panambí Abadie pabadie@fagro.edu.uy |
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| Dr. Gastón Casaux gcasaux@fagro.edu.uy |
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| 14-06-2006 |
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